- El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) iniciado en diciembre de 2024 fue impugnado en los tribunales exclusivamente por UGT
- El despido nulo significa que la empresa tendrá que abonar los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta que readmita a las personas trabajadoras a su puesto de trabajo; o no reincorporarse y esperar la resolución definitiva del proceso judicial
UGT Servicios Públicos ha logrado que se declare como nulo el despido colectivo de 116 trabajadores y trabajadoras de Cruz Roja que se vieron afectados por el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) iniciado por la empresa en diciembre de 2024. Gracias a esta sentencia, 4 trabajadores se verán beneficiados en La Rioja.
Este ERE fue impugnado en los tribunales exclusivamente por UGT, y el despido nulo significa que la empresa tendrá que abonar los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta que readmita a las personas trabajadoras en la empresa.
La Audiencia Nacional declaró ayer como nulo el despido colectivo ejecutado por Cruz Roja y negociado a partir de diciembre de 2024. En caso de que Cruz Roja interponga recurso contra la sentencia, las personas trabajadoras tendrán dos opciones durante la tramitación del mismo: reincorporarse a sus puestos y percibir el salario mensual, incluyendo el derecho a vacaciones; o no reincorporarse y esperar la resolución definitiva del proceso judicial.
Desde UGT felicitamos a todas las compañeras y compañeros que, gracias a esta sentencia, recuperan sus empleos. Este logro es fruto de la firmeza y la convicción con la que UGT Servicios Públicos ha defendido los derechos laborales en Cruz Roja.
Esta resolución judicial refuerza nuestro compromiso de seguir luchando por el mantenimiento del empleo y el cumplimiento estricto de la legalidad en todas las actuaciones de la organización.