Los servicios jurídicos de UGT han conseguido, de nuevo, una sentencia favorable para los trabajadores de la Administración Autonómica, en este caso, relacionada con la carrera profesional. Así, la Justicia ha reconocido el derecho de una trabajadora que se encontraba ocupando un puesto por mejora de empleo a acceder al grado I de carrera profesional y, por consiguiente, al cobro del mismo.
UGT recuerda que el Acuerdo/Convenio para los empleados públicos de la Comunidad Autónoma permite que cualquier trabajador de esta Administración, tanto personal funcionario de carrera como personal laboral fijo, pueda acceder, mediante un proceso llamado mejora de empleo, a una plaza distinta de la obtenida en propiedad, manteniendo la reserva de su puesto de trabajo durante un plazo máximo de 2 años.
Sin embargo, la Administración ha estado penalizando a muchos empleados públicos que hacían uso de este derecho, negándoles el acceso a la carrera profesional, debido a una interpretación errónea del Decreto 50/2017, que regula la carrera horizontal y la evaluación del desempeño, en relación al requisito de permanencia.
Ante esta situación, UGT se ha visto obligada a acudir una vez más a los juzgados, que han vuelvo a dar la razón al sindicato frente a la Administración.
El juzgado de lo social nº 3 ha estimado la demanda presentada por los servicios jurídicos de UGT, declarando el derecho acceder al grado I de carrera profesional y condenando a la Administración a abonar el grado, así como una indemnización por retraso en el pago de las cantidades que debieron ser abonadas por el año 2017.
La Federación de las Empleadas y Empleados Públicos de UGT (FeSP-UGT) desea hacer un llamamiento a todos los trabajadores de la Administración de La Rioja que se encuentren en esta situación, recordando que pone a disposición de todos ellos sus servicios jurídicos para que puedan reclamar el reconocimiento del grado I, cuando se encuentren en la situación de mejora de empleo y cumplan los requisitos de permanencia.
Además de esto, UGT ha impugnado en los juzgados la Orden APH/7/2019, de 15 de marzo de convocatoria para la evaluación del desempeño del puesto de trabajo para los años 2018 y 2019, una orden publicada de manera unilateral por la Administración y sin el aval de UGT, que niega el derecho de los empleados públicos que se jubilaron durante 2018 y 2019, antes de la publicación de la misma, a que se les reconozca sus servicios a efectos de carrera profesional.