Tras las propuestas de los Sindicatos, Correos ha publicado el Calendario Laboral para el año 2019 con algunas modificaciones respecto de su propuesta inicial. Recoge las siguientes novedades respecto del calendario del año 2018:
- En relación con la Jornada recoge la alusión a los criterios que deberán establecerse en la próxima negociación de la regulación del trabajo en sábados.
- Avance en la jornada diaria del personal de especial dedicación: Se reduce a media hora el descanso obligatorio no computado como tiempo de trabajo y con horario hasta las 18:00 así como concesiones de medidas de conciliación en casos justificados.
- La singularidad de la Semana Santa actual por la coincidencia con el proceso electoral del 28 de abril y la obligación de trabajar el Jueves Santo, así como el sábado 20 para todo el personal necesario para garantizar el voto por correo y respecto de lo que UGT ha pedido que se respete lo acordado en la Circular de Campaña de Elecciones para su gratificación.
- Regula ya algunos aspectos de la Campaña de Navidad 2019: Comprenderá del 1 al 31 de diciembre y disfrute de hasta 2 días de permiso sin penalización.
La Dirección no ha recogido sin embargo otras mejoras importantes que UGT seguirá demandando en las negociaciones del nuevo plan de Igualdad y en la futura negociación del IV Convenio Colectivo y Acuerdo General, entre las que están:
- Avanzar en la conciliación laboral, familiar y personal, especialmente en aquellas fórmulas que permitan atender las peticiones de flexibilidad horaria y cambios de turno.
- Aplicar horario intensivo durante el periodo estival al personal en régimen de especial dedicación. Mayor flexibilidad en las franjas horarias de su jornada para permitir una mejor conciliación.
- Extender al personal laboral las vacaciones por días hábiles y los días de Asuntos Particulares por antigüedad.
- Incorporar un día de compensación cuando una fiesta nacional no recuperable ni sustituible caiga en sábado.
- Permitir el disfrute de vacaciones en fechas distintas al periodo general a petición del trabajador con la necesidad de que su denegación sea expresa y por escrito.
- En relación con el disfrute de los días de Asuntos Particulares, así como de licencias y otros permisos, UGT seguirá reclamando que debe ajustarse exclusivamente a las normas recogidas en el Anexo IV Tiempo de Trabajo del Acuerdo General y en el III Convenio Colectivo y que las denegaciones se hagan por escrito y con justificación expresa y no de forma genérica.