UGT ha presentado una reclamación judicial para pedir la convocatoria de los Consejos de Salud de Zona. Estos órganos de participación ciudadana son más necesarios que nunca, dada la situación crítica por la que está atravesando la Atención Primaria en La Rioja. A pesar de que la ley señala que deben convocarse cada 4 meses, la Consejería de Salud no cumple con su obligación de velar porque se lleven a cabo estas convocatorias. Para UGT, «si no hay una convocatoria periódica, con un seguimiento continuo, no sirven para nada. Se están convocando con cuentagotas, en unos sitios sí y en otros no. Y es una ilegalidad»
Según el Decreto 29/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan los órganos de participación ciudadana en el Sistema Público de Salud de La Rioja “los Consejos de Salud de Zona se constituyen como órganos colegiados de participación ciudadana consultivos y de asesoramiento en el ámbito de cada Zona Básica de Salud en que se divide la Comunidad Autónoma de La Rioja. Los Consejos de Salud de Zona se adscriben a los Consejos de Salud de Área que corresponda”.
UGT ha recurrido al amparo de la justicia después de que sus instancias dirigidas a la alcadesa de Logroño y a la Federación de Municipios, así como una reclamación administrativa a la Consejería de Salud, fechada el 27 de julio de 2018, no hayan tenido respuesta alguna. Ante este silencio administrativo, UGT considera que no hay voluntad política de dar un primer paso para convocar estos consejos y dar participación a la ciudadanía para intervenir en su propia salud. En este sentido, la Administración ha cacareado mucho sobre la Alianza para la Salud como instrumento de participación, una acción de marketing político, en vez de utilizar las herramientas legales de participación que ya existen, como son los Consejos de Salud.
Los Consejos de Salud de Zona son un instrumento eficaz para la gestión sanitaria y de participación democrática, que nos incluye a todos, lejos de las prácticas paternalistas de los políticos. Los Consejos deben ser informados por la Consejería sobre la actividad y funcionamiento de su Centro de Salud y, a su vez, tienen capacidad para pedir consulta, asesorar, dar su opinión y plantear problemas para ponerlos sobre la mesa y debatirlos. Asimismo, entre sus funciones, están las de hacer el seguimiento del Plan de Salud y de realizar una memoria anual sobre su actividad.
Estos órganos están compuestos por el presidente (que suele ser el alcalde de la localidad o un concejal), el secretario (el director médico del Centro de Salud), trabajadores del Centro de Salud, representantes de ayuntamientos, organizaciones empresariales y sindicales representativas, organizaciones de consumidores, de pacientes y de vecinos y la comunidad docente.